Revista Salud y Bienestar

Esto es lo que debes hacer para seguir cobrando el ingreso mínimo vital cada mes

Por Pedirayudas @Pedirayudas

Hasta finales de noviembre, el Ingreso Mínimo Vital ha beneficiado a 710.341 hogares, lo que equivale a 2.079.233 individuos, de acuerdo a los datos publicados por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Cuando esta prestación fue implementada el 1 de junio de 2020, el Ministerio de Inclusión, Seguridad y Migraciones. Liderado en aquel entonces por José Luis Escrivá y actualmente por Elma Saiz, estimaba que llegaría a 850.000 hogares. Esto significa que aún faltan 139.659 hogares por alcanzar.

Beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital

De todos los beneficiarios de esta prestación, que es financiada por la Seguridad Social, el 43,4% son menores (902.221). Además, en el 69% de los hogares beneficiados, hay al menos un menor (490.602).

El Ingreso Mínimo Vital es una prestación que tiene como objetivo prevenir la pobreza y la exclusión social de las personas que viven solas o forman parte de una unidad de convivencia y carecen de los recursos económicos necesarios para satisfacer sus necesidades básicas.

Esta prestación garantiza un nivel mínimo de renta a aquellos que se encuentran en una situación de vulnerabilidad económica. Su objetivo es asegurar una mejora real en las oportunidades de inclusión social y laboral de las personas beneficiarias.

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Esto es lo que debes hacer para seguir cobrando el ingreso mínimo vital cada mes

Para continuar recibiendo el ingreso mínimo vital cada mes, los beneficiarios deben cumplir con las siguientes obligaciones:

  1. Proporcionar la documentación e información necesaria para acreditar los requisitos y mantener la prestación, así como para asegurar la recepción de notificaciones y comunicaciones.
  2. Informar sobre cualquier cambio o situación que pueda resultar en la modificación, suspensión o terminación de la prestación, dentro de los treinta días naturales desde que ocurran.
  3. Notificar cualquier cambio de domicilio o de situación en el Padrón municipal que afecte personalmente a los beneficiarios o a cualquier otro miembro de la unidad de convivencia, dentro de los treinta días naturales desde que ocurran.
  4. Devolver el importe de las prestaciones recibidas indebidamente.
  5. Informar a la entidad gestora antes de cualquier salida al extranjero tanto del titular como de los miembros de la unidad de convivencia, por un periodo, continuado o no, superior a noventa días naturales cada año natural, y en su caso, justificar la ausencia del territorio español por causa de enfermedad.
  6. Presentar anualmente la declaración correspondiente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  7. Si se compatibiliza la prestación del ingreso mínimo vital con las rentas del trabajo o la actividad económica, cumplir las condiciones establecidas para el acceso y mantenimiento de dicha compatibilidad.
  8. Participar en las estrategias de inclusión que promueva el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
  9. Cumplir con cualquier otra obligación que pueda establecerse reglamentariamente.

Estas obligaciones son esenciales para garantizar que la prestación llegue a quienes más la necesitan y se utilice de manera efectiva para combatir la pobreza y la exclusión social.


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